Precandidatos que perdieron el pasado 6 de octubre no pueden postularse por otra organización política a las elecciones de 2020, así lo establecen el artículo 49, numeral 3) de la Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y el 134 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral.
Con la aprobación en nuestro reciente ordenamiento jurídico electoral de controles contra el transfuguismo, ha quedado vedada la posibilidad de...
